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Sep

IMPUESTO A LAS GANANCIAS




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IMPUESTO A LAS GANANCIAS
El Organismo Fiscal dispuso un pago a cuenta extraordinario del impuesto a las ganancias, cancelable en 3 cuotas mensuales, para los sujetos que cumplan alguno de los siguientes parámetros: - El monto del impuesto determinado de la declaración jurada del período fiscal 2021 o 2022, según corresponda, sea igual o superior a $ 100.000.000. - El monto del Resultado Impositivo que surge de la declaración jurada, sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores, sea igual o superior a $ 300.000.000.