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Jul

RECORDATORIO




LIBRO DE SUELDOS DIGITAL. OBLIGADOS.


RECORDATORIO
1) LIBRO DE SUELDOS DIGITAL. OBLIGADOS.

La Administración Federal de Ingresos Públicos notificará a los empleadores que deberán confeccionar las hojas móviles mediante el servicio "Libro de Sueldos Digital", siendo exclusivamente estos los que deberán utilizar dicho sistema a partir de ese momento y como única alternativa viable a dichos efectos.

La notificación se efectuará a través de: - Alguno de los procedimientos dispuestos por el artículo 100 de la ley 11683, cuando la misma se realice en forma individual o, - Mediante el dictado de una resolución general, cuando se incluyan en forma masiva empleadores de determinadas actividades, sectores y/o jurisdicciones provinciales.

El listado de empleadores obligados -en forma individual o comprendidos en un grupo o sector de empleadores- será publicado por esta Administración Federal y por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en sus respectivos sitios web.

2) RÉGIMEN DE INFORMACIÓN DE PARTICIPACIONES SOCIETARIAS. VENCIMIENTO

Del 27 al 31 de julio de 2015 -según el detalle que se adjunta- vence el plazo para la presentación de la declaración jurada sobre la tenencia de participaciones societarias de personas físicas, sucesiones indivisas y otros sujetos al 31 de diciembre de 2014:

CUIT Fecha de vencimiento

0 o 1 27/7/2015

2 o 3 28/7/2015

4 o 5 29/7/2015

6 o 7 30/7/2015

8 o 9 31/7/2015