02
Oct

SABÍAS QUE ??




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AFIP. ADECUACIÓN DEL PROGRAMA DE INSCRIPCIÓN DE SOCIEDADES AL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

A raíz de los cambios introducidos por el nuevo código civil y comercial , la AFIP actualizó las tablas del programa aplicativo Módulo de Inscripción de Personas Jurídicas (MIPJ) versión 2.0 release 3, incorporando como tipo societario a las “sociedades ley 19550 Capítulo I Sección IV”, donde están incluidas las sociedades no constituidas regularmente actualmente denominadas sociedades simples .

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. REGISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE ENTES SOCIETARIOS. DEROGACIÓN

Se sustituye el texto normativo que reglamenta los procedimientos internos de los títulos y documentos que deben ser acompañados en los trámites que se inicien ( Sociedades, Asociaciones Civiles, Fundaciones, Mutuales ) ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, con el fin de adaptarlo al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Se destaca que la presente norma deroga la disposición general 18/2012 y su texto ordenado aprobado por la disposición general 51/2012 y rige para los trámites iniciados a partir del 3/8/2015.

FIDEICOMISO. RÉGIMEN CONTABLE. RÚBRICA DE LIBROS. CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN

El fideicomiso y el fiduciario, llevan contabilidad totalmente separadas. El Código Civil y Comercial de la Nación en su artículo 1669 requiere la inscripción de fideicomisos en el Registro Público que corresponda. El fiduciario rubricará libros a nombre del fideicomiso.

LIBRO DE SUELDOS DIGITAL. DETALLE DE CONCEPTOS DE SUELDOS AFIP

La AFIP puso a disposición el "Detalle de conceptos de sueldos" a través del cual el contribuyente deberá dar de alta los conceptos de liquidación de sueldos y asociar los propios con los que consigne la AFIP. Asimismo, se deberá definir por cada uno de esos conceptos el/los subsistemas de la seguridad social a los que esté obligado a realizar aportes y contribuciones.

FACTURACIÓN. ADOPCIÓN DEL NÚMERO DE LA CUIT COMO NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PARA CONTRIBUYENTES DEL CONVENIO MULTILATERAL

A partir del 1/11/2015, los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributen bajo el régimen del Convenio Multilateral serán identificados con el número de la CUIT . Al respecto la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, en su página web, publica que “no será necesaria la reimpresión de facturas que contengan el actual número de inscripción, ya que en las mismas está identificado el número de la CUIT que identifica a los contribuyentes convenientemente”.