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Oct

FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN




FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN


FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN
INVERSIÓN EN PROYECTOS DE INICIATIVA PRIVADA. MODIFICACIÓN NORMATIVA CNV

Se modifican las Normas NT 2013, en lo que respecta a las formalidades y contenido requeridos para que los Fondos Comunes de Inversión puedan llevar a cabo todas las operaciones de inversión previstas en el reglamento de gestión, y en particular la inversión en proyectos de iniciativa privada, siempre y cuando no estén prohibidas por la Comisión Nacional de Valores o el Banco Central de la República Argentina.

En tal sentido, se dispone que el Fondo deberá invertir el 2,5% de su patrimonio neto en valores negociables orientados al financiamiento de proyectos de iniciativa privada destinados a la inversión productiva, el desarrollo de infraestructura y/o el financiamiento de pequeñas y medianas empresas.

CRITERIO DE VALUACIÓN DE VALORES NEGOCIABLES EN MONEDA EXTRANJERA. MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS CNV.

Se establece que todos los valores que se negocien en los mercados extranjeros o los subyacentes de activos constituidos por valores que se negocien en el exterior deberán ser valuados en la misma moneda en que hayan sido emitidos, siempre y cuando esta sea la misma moneda de pago, tomando como referencia el precio de mayor relevancia en la plaza exterior o bien el precio en dólares de la plaza local cuando no exista cotización en el exterior. En este sentido, la norma dispone que a los fines de la valuación se deberá utilizar el tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina, aplicable a las transferencias financieras.