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CONTRATOS A FUTURO SOBRE SUBYACENTES MONEDA EXTRANJERA




CONTRATOS A FUTURO SOBRE SUBYACENTES MONEDA EXTRANJERA


CONTRATOS A FUTURO SOBRE SUBYACENTES MONEDA EXTRANJERA
Se modifica el régimen de retención del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales para operaciones de contratos a futuro sobre subyacentes moneda extranjera. Entre las principales modificaciones señalamos:

* Se establece que deberán actuar como agentes de retención los mercados institucionalizados que sean contraparte y/o sus cámaras compensadoras autorizadas por la Comisión Nacional de Valores. * Quedan excluidos del régimen los fondos comunes de inversión, los sujetos exentos del impuesto a las ganancias y las entidades financieras y las operaciones de cesión de posición de moneda extranjera positiva que fueron realizadas los días 17/12/2015, 18/12/2015 y 21/12/2015 -Comunicación A (BCRA) 5852-. * Se efectúan precisiones con relación al tipo de operación alcanzada por el régimen, la forma de practicar la retención correspondiente en cada tipo de operación y a la forma de ingresar al Fisco las retenciones correspondientes.