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RECORDATORIO




CUOTA DEL SAC 2015 PARA SUELDOS, JUBILACIONES Y OTROS QUE NO SUPEREN LOS $ 30.000


RECORDATORIO
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. TRABAJO EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. SE DESGRAVA LA SEGUNDA CUOTA DEL SAC 2015 PARA SUELDOS, JUBILACIONES Y OTROS QUE NO SUPEREN LOS $ 30.000

Recordamos que se ha incrementado por única vez el importe de la deducción especial aplicable a las rentas por el trabajo personal en relación de dependencia, al desempeño de cargos públicos, a los gastos protocolares, a las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie que tengan su origen en el trabajo personal y a los consejeros de las sociedades cooperativas -art. 79, incs. a), b) y c)-, hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario del año 2015. Destacamos que lo dispuesto precedentemente solo se aplicará a los sujetos cuya remuneración bruta mensual devengada entre los meses de julio a diciembre de 2015 no supere la suma de $ 30.000. El presente beneficio deberá exteriorizarse de forma inequívoca en los recibos de haberes que se extiendan por el mismo bajo el concepto "Beneficio Decreto N° 152/15". Por último señalamos que cuando la retención ya se hubiera practicado en el caso de jubilados y pensionados, la misma será devuelta durante el mes de enero de 2016.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS . CUARTA CATEGORÍA. VENCIMIENTO PRESENTACIÓN FORM.572 WEB AÑO 2015

Recordamos que los trabajadores en relación de dependencia, contribuyentes del impuesto a las ganancias cuarta categoría, tienen hasta fin de mes de enero para presentar el formulario con las deducciones del impuesto a las ganancias y para recuperar las percepciones de impuestos por viajes al exterior, compras con tarjeta en el exterior o por internet, o del dólar ahorro , lo que se hará por última vez ya que esas percepciones fueron derogadas.

En cuanto al impuesto a las ganancias de cuarta categoría _ empleados en relación de dependencia, jubilados, etc- tendrán hasta el 31 de enero como vencimiento para presentar el formulario 572 web para el año 2015, mediante el cual se declaran los conceptos a deducir y los pagos a cuenta a considerar en la liquidación del impuesto a las ganancias.