15
Feb

SABÍAS QUE ??




JUBILACIONES, PENSIONES Y ASIGNACIONES FAMILIARES. MOVILIDAD. INCREMENTO A PARTIR DE MARZO DE 2016


SABÍAS QUE ??
JUBILACIONES, PENSIONES Y ASIGNACIONES FAMILIARES. MOVILIDAD. INCREMENTO A PARTIR DE MARZO DE 2016

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) informa que a partir del mes de marzo se incrementan en un 15,35% los haberes jubilatorios y las pensiones no contributivas, como así también las asignaciones familiares, en virtud de la ley 27160, que establece la movilidad de esta prestación de la seguridad social. La jubilación mínima se incrementa de $ 4.299 a $ 4.959, el haber promedio por beneficiario se elevará de $ 7.052 a $ 8.135 y el haber máximo se modificará de $ 31.495 a $ 36.330. Recordamos que el presente incremento también tendrá incidencia en los topes mínimos y máximos a la base imponible de la seguridad social y en el valor de los aportes de los trabajadores autónomos a partir del mes devengado marzo de 2016.

SE SUSTITUYE LA NÓMINA DE CONTRIBUYENTES EXCLUIDOS DEL MONOTRIBUTO PUBLICADA EL 9/12/2015

En el Boletín Oficial del día 03/02/2016, la AFIP procedió a efectuar una publicación sustitutiva de la correspondiente nómina de contribuyentes excluidos del monotributo que fuera publicada en el Boletín Oficial del 9/12/2015. La citada publicación se fundamenta en que el Fisco detectó errores sistémicos al confeccionar la nómina original. A tal efecto, la afip pone a disposición la nueva nómina de contribuyentes excluidos. Recordamos que las presentes exclusiones podrán ser objeto de recurso de apelación dentro de los 15 días contados desde el 3/2/2016.

EMPLEADOS DE COMERCIO. APERTURA DE PARITARIAS 2016.

La Cámara Argentina de Comercio (CAC) comunica que recibió de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) la propuesta para dar inicio formal a la reapertura de la negociación salarial de la actividad que concluye el 31 de marzo. En materia salarial, se destaca la solicitud del pago de una suma de $ 2.000, con carácter extraordinario y excepcional por única vez (art. 6, L. 24241), junto con las remuneraciones correspondientes al mes de marzo del corriente año. Asimismo, la propuesta plantea un incremento del 20% del salario a partir de abril de 2016, que se extendería por 6 meses. A partir de agosto, se reanudarían las negociaciones a los fines de completar el incremento porcentual anual atento a la modalidad de las recomposiciones salariales de esta actividad. Por último, se propone, con carácter extraordinario y excepcional, por el plazo de vigencia del Acuerdo, un aporte de $ 100 mensuales a cargo de los trabajadores mercantiles afiliados a la obra social de la actividad (OSECAC). Para el caso de trabajadores que se desempeñen en tareas de tiempo parcial o régimen de jornada reducida, el monto del aporte será proporcional a la jornada laboral.