15
Feb

SANTA FÉ




SANTA FÉ. IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS


SANTA FÉ
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. ALÍCUOTA BÁSICA. PERÍODO FISCAL 2016. VIGENCIA

La Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe informa a través de un mail de comunicaciones que, habiendo recibido consultas respecto de la aplicación y vigencia de las modificaciones introducidas a la ley impositiva, por la ley de presupuesto 2016 -L. (Santa Fe) 13525- respecto de la alícuota básica, dichas modificaciones se aplican a partir del 14/1/2016. Por lo tanto, a partir de la mencionada fecha:

- para contribuyentes cuyos ingresos sean inferiores o iguales a $ 1.000.000, la alícuota es del 3% (tres por ciento), - para contribuyentes con ingresos superiores a $ 1.000.000 e inferiores o iguales a $ 60.000.000, la alícuota es del 3,6% (tres con sesenta centésimos por ciento), - para contribuyentes con ingresos superiores a $ 60.000.000, la alícuota es del 4,5% (cuatro con cincuenta centésimos por ciento) y - para contribuyentes radicados fuera de la jurisdicción de la Provincia de Santa Fe, no deben considerarse los ingresos brutos anuales devengados en el período fiscal inmediato anterior, y la alícuota a aplicar en todos los casos es del 4,5% (cuatro con cincuenta centésimos por ciento).

INGRESOS BRUTOS. ACTIVIDADES INDUSTRIALES. TRANSFORMACIÓN DE CEREALES Y OLEAGINOSAS. ALÍCUOTA. PERÍODO FISCAL 2016

La Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe informa, a través de un mail de comunicaciones, que, habiendo recibido consultas respecto a cómo deben tributar los contribuyentes que desarrollan actividades industriales, derivadas de la transformación de cereales y oleaginosas, radicadas en la Provincia de Santa Fe y que hayan tenido ingresos brutos anuales totales en el período fiscal inmediato anterior al considerado superiores a $ 120.000.000, deberán declarar y pagar el impuesto sobre los ingresos brutos a la alícuota del 1,5%, aun cuando se obtengan productos alimenticios.