29
Feb

ENTRE RÍOS




ENTRE RÍOS


ENTRE RÍOS
Se establece un régimen especial de regularización de obligaciones fiscales para deudas devengadas y/o vencidas hasta diciembre de 2015 para todos los tributos administrados por la Administradora Tributaria de Entre Ríos, incluyendo sus accesorios y multas. Entre sus principales características, destacamos:

- Se encuentran excluidas del presente régimen las deudas respecto de las cuales se hubiere efectuado denuncia penal y las que se encuentren incluidas o vinculadas con cualquier proceso penal. - Podrá optarse por pago al contado o planes de 3, 6, 12, 18 o hasta 24 cuotas para cancelar el saldo, no teniendo interés de financiación en los planes de hasta 6 cuotas. Asimismo, para cuando se trate del impuesto inmobiliario urbano, rural y subrural, impuesto automotor y el régimen simplificado podrá optarse por 36 o 48 cuotas, cuando la deuda original, excluidos los intereses y multas, por cada uno de los impuestos no supere la suma de $ 5.000. - Se prevé una reducción de hasta el 80% de los intereses y hasta el 100% de las multas en función de los diferentes plazos por los que se opte para regularizar las deudas. - Los contribuyentes que se acojan al presente régimen antes del 15/4/2016 gozarán de una remisión sobre los intereses resarcitorios generados, equivalente al 10% del porcentaje de condonación de intereses variables, de acuerdo a la opción de pago por la que opten. - Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, y el monto de cada una de ellas no deberá ser inferior a $ 200 para planes de hasta 24 cuotas y de $ 100 para planes de 36 o 48 cuotas. - Será condición necesaria para gozar de los beneficios del presente régimen que el contribuyente cancele o regularice todas las deudas por obligaciones fiscales no prescriptas que registren para cada uno de los tributos que deseen regularizar. - El plazo de acogimiento se extenderá desde el 14/3/2016 hasta el 13/5/2016, ambas inclusive.