15
Mar

SANTA FÉ




SANTA FÉ


SANTA FÉ
Se dispone la implementación de políticas públicas de intervención por parte de Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe, en materia de violencia laboral, a través de la Subsecretaría de Coordinación para el Trabajo Decente. A los efectos de la presente ley, se faculta a la mencionada Subsecretaría de Coordinación a intervenir de oficio o por denuncia, pudiendo citar a empleadores y/o trabajadores, emitir intimaciones a las partes controversiales a cesar en forma inmediata cualquier acto, acción u omisión que configure algún tipo o clase de violencia laboral, disponer las medidas que considere oportunas y necesarias de acuerdo a la gravedad de los hechos sucedidos y solicitar la comparecencia de otras áreas de este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, como así también de Organismos Públicos provinciales, administrativos y/o jurisdiccionales competentes en la materia.