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Mar

SALTA




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La Dirección General de Rentas establece el procedimiento y los requisitos que se deberán cumplir a los fines de realizar vía Web la solicitud de exención en el impuesto a las actividades económicas para aquellos sujetos que desarrollen actividades exentas del pago en el mismo. Asimismo, se habilita una consulta web para que los agentes de retención y/o percepción puedan consultar la situación de los contribuyentes a los efectos de validar los datos contenidos en las constancias de exención exhibidas por los mismos. El presente procedimiento tendrá vigencia a partir del 1/4/2016.