17
May

TUCUMÁN




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Se prorroga, hasta el 30/6/2016, la fecha a partir de la cual se encontrarán obligadas a actuar como agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos las empresas inmobiliarias en su carácter de intermediarias, por los pagos, liquidaciones o reintegros de las rentas periódicas, realizadas a los locadores o arrendadores de inmuebles ubicados en la Provincia de Tucumán, en los casos en los que no se acredite el ingreso o retención del impuesto. Asimismo, se aclara que revisten el carácter de las mencionadas empresas inmobiliarias todas las personas físicas, sucesiones indivisas, sociedades con o sin personería jurídica y demás entes que desarrollen la actividad de servicios inmobiliarios realizados a cambio de una retribución o por contrata.