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May

ESCRIBANOS PÚBLICOS.




ESCRIBANOS PÚBLICOS.


ESCRIBANOS PÚBLICOS.
Se aprueba la aplicación web SiEsBA, la cual estará disponible en el sitio web oficial de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires y que deberán utilizar los Escribanos Públicos titulares de registros, sus adscriptos y suplentes, a los fines de cumplir con la obligación de realizar la presentación de las declaraciones juradas y los pagos correspondientes en su carácter de agentes de recaudación de los tributos provinciales. Recordamos que los citados Escribanos deberán actuar como agentes de recaudación de los siguientes tributos:

- En el impuesto de sellos correspondiente a los actos o escrituras que autoricen, protocolicen o de cualquier otra forma se efectúen con su intervención. - En el impuesto inmobiliario cuando intervengan en actos o escrituras vinculados a inmuebles en tanto los mismos tengan por objeto constituir, modificar o transferir derechos reales sobre dichos bienes. - En el impuesto sobre las embarcaciones deportivas o de recreación, en oportunidad de autorizar actos o escrituras que tengan por objeto constituir, modificar o transferir derechos reales sobre dichos bienes.