04 May – SEGUNDA QUINCENA DE ABRIL 2026
Ganancias simplificada
El Consejo porteño solicita la prórroga y adecuaciones al régimen

Ante las dificultades operativas detectadas en la plataforma de ARCA y la falta de precisiones reglamentarias, el Consejo presentó una nota ante el organismo para garantizar el cumplimiento de los contribuyentes.
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Comercio
Se homologó el incremento salarial para los meses de abril a junio

El Gobierno anunció la homologación del acuerdo que dispuso un aumento salarial escalonado del 5% para los meses de abril a junio de 2026 y el pago de un bono extraordinario de $ 120.000.
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Ley de modernización laboral
Se reglamenta el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral

El Poder Ejecutivo reglamentó el Título XX de la ley 27802, precisando el alcance, los sujetos comprendidos y la vigencia del beneficio de reducción de contribuciones patronales para nuevas contrataciones.
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CNV
Endurece el control sobre las ALyC: nuevos límites de liquidez y lupa sobre el dólar

La Comisión Nacional de Valores modifica el régimen informativo y contable aplicable a los Agentes de Liquidación y Compensación, exigiendo la presentación periódica de información sobre indicadores de liquidez, apalancamiento y tenencias de moneda extranjera.
Además, establece límites prudenciales, cronogramas de adecuación progresiva y requisitos de registración contable, con la finalidad de optimizar el control y monitoreo financiero en los sujetos fiscalizados por la CNV.
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ARCA
Garantías otorgadas en seguridad de obligaciones fiscaleS

ARCA modifica el régimen de garantías fiscales y aduaneras, disponiendo las formalidades que deberán cumplirse para considerar como suficiente garantía la presentación de un documento firmado por los interesados cuando se trate de destinaciones de importación o de exportación que sean definitivas o suspensivas.
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Asignaciones familiares
Rangos y montos a partir de mayo

La ANSES aprueba los valores actualizados de las asignaciones familiares que rigen a partir de mayo, con un incremento del 3,38% que se aplicará sobre los límites, rangos y montos establecidos por la última actualización.
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Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y el Dióxido de Carbono
Nuevas disposiciones aplicables para la trazabilidad de los productos con destino exento y/o con impuesto diferencial

Se establecen nuevas disposiciones para el procedimiento de control y trazabilidad sobre los Combustibles Líquidos y el Dióxido de Carbono, susceptibles de exención o con reducción del impuesto.
Al respecto, los titulares de estaciones de servicio, distribuidores y/o adquirentes de los combustibles deberán informar mediante el servicio web “trazado de combustibles” el resultado de las pruebas efectuadas, en reemplazo de los registros manuales que se encontraban en uso actualmente.
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Ciudad de Buenos Aires
Reglamenta el Régimen de transparencia fiscal

La AGIP reglamenta el alcance, las condiciones y modalidad de cumplimiento del Régimen de Transparencia Fiscal por operaciones celebradas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por contribuyentes locales y de Convenio Multilateral del impuesto sobre los ingresos brutos, excepto Régimen Simplificado, para exteriorizar la incidencia del tributo en comprobantes a consumidores finales mediante la leyenda “ALÍCUOTA ISIB CABA XX,XX%” , debiendo adicionar leyendas específicas en casos de atribución jurisdiccional, promociones o exenciones.
Destacamos que se establece, hasta el 31 de agosto, el plazo de adecuación de sistemas para cumplir con la mencionada obligación.
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Ciudad de Buenos Aires
Determinación de la base imponible para intermediarios en Ingresos Brutos

La Ciudad de Buenos Aires modifica el Código Fiscal en materia de impuesto sobre los ingresos brutos para precisar el régimen aplicable a intermediarios, estableciendo que la base imponible se determina por la diferencia entre los ingresos percibidos y los importes a transferir a los comitentes, excluyendo pagos de formularios, aranceles y tributos de terceros.
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Neuquén
Modifica el régimen simplificado de reintegro

La Dirección Provincial de Rentas redefine el Procedimiento Simplificado de Reintegro y amplía, de manera significativa, su alcance económico al elevar el tope máximo reintegrable hasta el equivalente a diez veces la tasa prevista en la ley impositiva, cuando antes se limitaba a tres veces